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  • Foto del escritorAntonio Campos Bascarán

La injusta realidad colonial de Puerto Rico: exponiendo la falacia e ilegitimidad del ELA colonial



La cuestión más notable de la política puertorriqueña ha sido por mucho tiempo la cuestión del estatus político de Puerto Rico. Puerto Rico es un territorio no incorporado de los Estados Unidos de América: según fue declarado en los Casos Insulares, Puerto Rico “pertenece a, pero no es parte de, los Estados Unidos”. El sector estadista del país aspira a incorporar a Puerto Rico completamente a Estados Unidos, o sea, hacer que Puerto Rico en verdad sea parte de los EE.UU., a través de la estadidad federada. Los independentistas en cambio aspiran a que Puerto Rico tenga plena libertad política. Los llamados “soberanistas”, que han cobrado auge en los últimos años, desean mantener una relación de cooperación con los Estados Unidos a base de un pacto de libre asociación entre los dos países. Otros quieren mantener el estatus de Puerto Rico tal como está.

Este último sector, el llamado estadolibrista, sostiene que Puerto Rico es un estado libre asociado a los Estados Unidos desde que se adoptó la constitución actual del país en 1952. Afirman que el actual estatus es uno justo y beneficioso para Puerto Rico porque puso fin al “coloniaje” estadounidense que existía previamente en la Isla dándole control a Puerto Rico sobre sus propios asuntos y salvaguardando la identidad puertorriqueña pero preservando la ciudadanía estadounidense y la autoridad de los EE.UU. en asuntos como defensa y moneda. El llamado “Estado Libre Asociado” que los estadolibristas, agrupados en torno al Partido Popular Democrático, defienden ha sido ampliamente cuestionado y mal visto en años recientes. Parece existir desde el 2016 un consenso entre la intelectualidad del país sobre el carácter injusto y “colonial” del “Estado Libre Asociado” y han surgido nuevas iniciativas para acabar con él.

El sector independentista, reducido a una minoría tras las persecuciones del PPD en la década de 1950 bajo la Ley de la Mordaza, consistentemente ha criticado la falacia del mal llamado “Estado Libre Asociado” y ve en eventos recientes (que serán mencionados más adelante) una reivindicación de su prédica y de su lucha. Incluso los estadistas, que desean la unión con los Estados Unidos, se atreven a reclamar que Estados Unidos ha sido injusto con Puerto Rico por ser el ELA una “colonia”.

Otros puertorriqueños sin embargo no están convencidos de la injusticia del estatus político y territorial actual. Incluso parece haber una creciente minoría de estadistas que, ante la reafirmación reciente del carácter colonial de Puerto Rico, reclama que Puerto Rico realmente no es una “colonia” y, como hicieron y todavía hacen los populares, parece considerar legítimo el establecimiento del “Estado Libre Asociado” y sus implicaciones para con la relación entre Puerto Rico y los Estados Unidos. Un artículo publicado hace varios años titulado “Puerto Rico no es una colonia: El severo problema lingüístico puertorriqueño con la palabra colonia”[1] intenta convencer al lector que la palabra “colonia” está mal utilizada para referirse a Puerto Rico en parte porque el ELA no es una colonia sino que fue legítimamente constituido tras un pacto entre Puerto Rico y los Estados Unidos de América. Un análisis del contexto histórico, de las leyes que fundamentaron el ELA, y de los poderes de Estados Unidos sobre Puerto Rico, sin embargo, bastan para desmentir este argumento del artículo y los de todos aquellos todavía no convencidos del carácter “colonial” de Puerto Rico y, lo que es más importante, su carácter injusto.

El origen del régimen estadounidense en Puerto Rico fue en sí injusto e ilegítimo. Era Puerto Rico una provincia de España recién declarada autónoma en virtud de una carta otorgada en 1897. La Carta Autonómica representó la culminación de la lucha de las élites puertorriqueñas (que eran, muy a nuestro pesar, liberales) para aumentar su propio poder sin separar a Puerto Rico de España. La Carta otorgó a Puerto Rico amplios poderes para conducir sus propios asuntos internos y, dentro de algunos límites, sus relaciones externas. Una de las disposiciones más notables e importantes de la Carta Autonómica era que explícitamente establecía que cualquier cambio al régimen establecido por la Carta tenía que ser aprobado tanto por Puerto Rico como por España: ninguna parte podía unilateralmente cambiarla.

El régimen autonómico, interpretado en la historiografía como un logro para la causa del autogobierno en Puerto Rico, llegó a su fin con la agresiva invasión estadounidense en el año 1898. Estados Unidos aprovechó su guerra contra España (la Guerra Hispano-estadounidense de 1898) librada bajo el pretexto de independizar a Cuba para invadir Puerto Rico. Respondía esta guerra y esta invasión a la aspiración imperialista estadounidense de dominar las islas del Caribe, que existía desde la independencia de las 13 colonias inglesas de Norteamérica. Estados Unidos ya había derrotado a España en Cuba y en el archipiélago de las Filipinas pero no era suficiente: deseaba apoderarse de Puerto Rico y envió su flota y ejército bajo el mando del general Nelson Miles y del almirante William T. Sampson.

Estados Unidos, que ya había derrotado a España, no deseaba entrar en negociaciones de paz excepto si Puerto Rico le era entregado. España jamás quiso entregar a Puerto Rico, pero había decaído tanto que le era muy difícil defenderlo. Los estadounidenses primero bombardearon nuestra ciudad capital y luego desembarcaron (con la colaboración de lo que podrían considerarse puertorriqueños traidores liberales) en las zonas menos defendidas del suroeste para tomar cuanto pudieran de la isla. Los soldados puertorriqueños como Ángel Rivero, Martín Cepeda y Juancho Bascarán, en conjunto con los soldados españoles, lucharon en la medida que pudieron para detener las fuerzas invasoras, desmintiendo la media verdad (ampliamente enseñada en los libros de las escuelas y universidades) de que los puertorriqueños no resistieron la invasión, pero sus esfuerzos no fueron suficientes. No se hubieran rendido, especialmente tras detener el avance enemigo en Asomante, pero fueron forzados a hacerlo por órdenes de España, que acababa de acordar un armisticio para negociar la “paz”.

Incapaces de retener a Puerto Rico, la isla fue cedida injustamente a los Estados Unidos bajo los términos del Tratado de París de 1898 firmado entre España y Estados Unidos, sin que se consultara a los puertorriqueños sobre la decisión. El mal llamado “cambio de soberanía” (una frase llena de eufemismo que esconde la violencia de la invasión y usurpación de la soberanía de la isla) ocurrido no fue solo injusto, sino que técnicamente también podría considerarse ilegal porque España con su cesión de Puerto Rico cambió sin el debido proceso legalmente establecido la Carta Autonómica, la cual disponía que cualquier cambio debía realizarse por mutuo acuerdo.[2]

La élite puertorriqueña, sucumbiendo ante la percibida imposibilidad de cambiar los hechos, aceptó la ocupación y con entusiasmo vio en la nueva relación con los Estados Unidos un medio para adelantar su agenda liberal uniéndose permanentemente a la nación más liberal de la tierra. El pueblo, en su mayoría pobre y sin las armas adecuadas para pelear, no estaba en condiciones aptas para resistir y confió en el invasor y en sus élites colaboracionistas. Las ilusiones falsas de la élite liberal acabaron siendo destruidas cuando los EE.UU., con el Acta Foraker de 1900 sustituyeron su régimen militar con uno civil pero mantuvieron su control directo sobre Puerto Rico y disminuyeron el poder de la élite local. EE.UU. no hizo a Puerto Rico un estado, sino que bajo el Acta Foraker acabó convirtiéndolo en el anteriormente mentado “territorio no incorporado” gobernado directamente por funcionarios estadounidenses nombrados por los EE.UU. y con una muy limitada participación de los puertorriqueños en la administración de la posesión territorial estadounidense: Puerto Rico acabó siendo una “colonia”, o como, o define la Real Academia Española, un “territorio dominado y administrado por una potencia extranjera”.

Comenzó un esfuerzo agresivo por “estadounificar” (o, como históricamente se ha llamado aunque parezca erróneo, “americanizar”) al puertorriqueño con la enseñanza del inglés y de los valores estadounidenses liberales en las escuelas, además de que se reorganizó la economía del país en beneficio de las grandes compañías azucareras estadounidenses que monopolizaron las tierras y explotaban a los obreros agrícolas puertorriqueños.

Una nueva ley orgánica proclamada en 1917 llamada el Acta Jones permitió mayor participación de los puertorriqueños en el gobierno colonial e impuso la ciudadanía estadounidense a los puertorriqueños. La imposición de la ciudadanía fue una medida dirigida a reafirmar el gobierno de los Estados Unidos sobre el territorio y servía para desligar al puertorriqueño de su propia identidad hispana. La nueva ley sin embargo continuaba con el control directo de EE.UU. y no cambió el estatus territorial: Puerto Rico seguía siendo una colonia.

Pasó una década y cada vez más líderes puertorriqueños, desilusionados con los Estados Unidos, favorecían la independencia. El Partido Nacionalista de Puerto Rico fue fundado en 1922 y pronto se le unió un joven abogado educado en los Estados Unidos pero consciente de su puertorriqueñidad y orgulloso de su origen: Pedro Albizu Campos. Fue el primer gran líder independentista que se atrevió a desacatar e impugnar al régimen estadounidense en Puerto Rico. Cuestionó la legalidad y legitimidad del Tratado de París, llamó repetidamente al pueblo a constituirse en asamblea nacional constituyente para declarar la independencia, propuso un programa económico para un país libre, lideró una huelga cañera para defender los derechos de los trabajadores y organizó un ejército libertador para luchar en guerra justa por la libertad de la patria si fracasaban los medios pacíficos de independencia. Lo más importante que hizo tal vez fue, sin embargo, la manera en la cual, a través de sus escritos y discursos, recordó a la nación puertorriqueña, desmoralizada tras tres décadas de ocupación extranjera y propaganda estadounidense, de sus orígenes y de su esencia: Puerto Rico era una nación católica e hispana, conectada por su pasado español tanto a la civilización católica medieval europea y al resto de los países hispanoamericanos libres y hermanos.

El reto representado por Pedro Albizu Campos al dominio de los Estados Unidos en Puerto Rico no tenía precedentes. Los administradores estadounidenses del territorio y sus cipayos no podían permitir que Albizu Campos continuara con su lucha, pues podrían perder su colonia. En el contexto del asesinato del jefe estadounidense de la Policía Insular (actual Policía de Puerto Rico, creada durante la ocupación militar para que los puertorriqueños colaboraran con el dominio del invasor) Francis Riggs por dos de sus seguidores nacionalistas (en represalias por la matanza de varios nacionalistas en Río Piedras por parte de la policía), Albizu Campos fue sometido a juicio y declarado culpable. Sentenciado a una década de prisión, fue enviado a los Estados Unidos en 1936 y quedó debilitado el nacionalismo puertorriqueño. Fue liberado en 1947 y estaba dispuesto a continuar su lucha.

El ambiente internacional era ideal para la descolonización. La creación de la Organización de las Naciones Unidas permitió a las naciones libres de la comunidad internacional ejercer presión a las grandes potencias para reconocer la libertad de sus colonias. Albizu Campos aspiraba a aprovechar esta oportunidad histórica para hacer realidad el sueño de la independencia, pero los Estados Unidos, indispuestos a dejar ir a Puerto Rico, y sus cipayos colaboradores tenían otros planes.

Un nuevo partido político llamado el Partido Popular Democrático había sido fundado por Luis Muñoz Marín, un independentista y creyente en la justicia social. Era el hijo del líder liberal Luis Muñoz Rivera y había vivido en los Estados Unidos, por lo cual apreciaba mucho sus valores liberales. Carecía de una cosmovisión católica y de una conciencia hispanista fuerte y bien formada como la de Albizu Campos. Logró ganarse la confianza y los votos de los jíbaros del campo con sus ideales populistas y su personalidad carismática, permitiendo que su partido ocupara puestos de gobierno en la legislatura colonial desde 1940 en adelante.

Muñoz Marín sin embargo abandonó la lucha por el ideal de la independencia. No deseamos analizar en profundidad sus motivos, pero varios analistas adjudican su cambio de postura a su desilusión y resignación ante la negativa estadounidense de cambiar el estatus colonial y a la necesidad de colaboración con los EE.UU. para realizar su proyecto de modernización. Un ejemplo de la intransigencia estadounidense en cuanto al estatus fue cómo tanto el gobernador colonial estadounidense y el propio presidente impidieron a la asamblea legislativa puertorriqueña llevar a cabo proyectos de plebiscitos de estatus para que la gente pudiera elegir entre la independencia, la estadidad o alguna otra forma de verdadera autonomía no colonial.[3]

Aceptando la dificultad de cambiar el estatus pero empeñados en ampliar el control puertorriqueño sobre sus asuntos, el liderato del PPD se contentó con pedir permiso para que los puertorriqueños crearan su propia constitución. Este permiso vino en la forma de la Ley Pública 600 de 1950 creada por el Congreso de los Estados Unidos. Disponía la ley lo siguiente:

Por cuanto,

el congreso de los Estados Unidos por medio de una serie de acciones legislativas ha reconocido, progresivamente, el derecho que el pueblo de Puerto Rico tiene al gobierno propio; y

Por cuanto,

bajo los términos de esta legislación congresional, Puerto Rico ha ido obteniendo una medida cada vez mayor de gobierno propio, Por tanto,

Art. 1

Decrétase por el Senado y la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de América, reunidos en Congreso, Que, reconociendo ampliamente el principio del gobierno por consentimiento de los gobernados, se aprueba esta Ley, con el carácter de un convenio, de manera, que el pueblo de Puerto Rico pueda organizar un gobierno basado en una constitución adoptada por él mismo.

Art. 2.

Esta Ley deberá someterse para su aceptación o rechazo a los electores capacitados de Puerto Rico por medio de un referéndum en toda la isla que deberá celebrarse de acuerdo con las leyes de Puerto Rico. Al aprobarse esta Ley por una mayoría de los electores que participen en dicho referéndum, la Asamblea Legislativa de Puerto Rico queda autorizada para convocar una convención constitucional que redacte una constitución para dicha Isla de Puerto Rico. Dicha constitución deberá crear un gobierno republicano en forma y deberá incluir una carta de derechos.

Art. 3.

Al ser adoptada la constitución por el pueblo de Puerto Rico, el Presidente de los Estados Unidos queda autorizado para enviar tal constitución al Congreso de los Estados Unidos, si él llega a la conclusión de que tal constitución está de acuerdo con las disposiciones aplicables de esta Ley y de la Constitución de los Estados Unidos.

Al ser aprobada por el Congreso, la constitución entrará en vigor de acuerdo con sus términos.

Art. 4.

Excepto en lo dispuesto en el art. 5 de esta Ley, el estatuto titulado "Ley para proveer un gobierno civil para Puerto Rico, y para otros fines" [la llamada Ley Jones], aprobada el 2 de marzo de 1917, según ha sido enmendado, por la presente continúa en su fuerza y vigor y podrá en adelante citarse como la Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico".”[4]

Albizu Campos, recién liberado de la cárcel hacía varios años, vio una farsa en esta disposición congresional porque lo considerada, según el análisis que varios expertos han hecho sobre Albizu Campos y la Ley 600, “coloniaje por consentimiento”. Llamó activamente a resistir la ley, lo cual culminó en una insurrección liderada por el Partido Nacionalista para establecer la independencia de Puerto Rico. La misma fue suprimida y Albizu Campos nuevamente arrestado, junto a otros líderes y miembros del partido.

La nación puertorriqueña participó al año siguiente en elecciones para aprobar o rechazar la ley. La Ley 600 fue aprobada por una mayoría electoral de 76.7% participantes, pero como hace constar el reconocido profesor e historiador Mario Cancel Sepúlveda [5] esta aparente mayoría de votantes (utilizada como evidencia de aprobación popular por la historiografía oficialista colonial) esconde el hecho de que la participación electoral en el plebiscito fue relativamente baja: solo votaron 65% de todos aquellos capacitados para votar. Sugiere este dato, en el contexto del boicot a la ley liderado por el sector independentista (y también por el estadista), que la cantidad de personas en Puerto Rico que se oponían a y/o que incluso impugnaban la Ley 600, por cualesquiera que fueran sus razones, podría ser mayor a la que muchos puertorriqueños podrían pensar si solo se limitan a estudiar los libros de historia. La constitución como tal, finalmente redactada bajo la autorización de la ley citada, se aprobó por referéndum en 1952 con 81% de los votos, pero hubo también una abstención electoral relativamente grande, de 41% de votantes elegibles que, por cualquier razón, decidieron mejor no participar en el proceso. Es evidente, en el contexto de la oposición activa del nacionalismo y del independentismo a la Ley 600 y a la Constitución, que había aspectos criticables de las mismas y que no todos estuvieron de acuerdo con sus disposiciones a pesar del aparente alto grado de apoyo demostrado por aquellos que votaron a favor de estos cambios.

La principal crítica a la Ley 600 y la nueva Constitución, que creó el “Estado Libre Asociado”, se debió a que mantuvieron el carácter colonial de Puerto Rico de manera engañosa. La Ley de la Mordaza dirigida a suprimir las amenazas al gobierno de EE.UU. en Puerto Rico y la persecución contra los nacionalistas e independentistas creó un ambiente de temor en el cual era arriesgado criticar el carácter colonial del ELA, mientras que por otro lado mucha gente creía la propaganda oficialista del PPD sobre cómo con la constitución del ELA dejó de existir el colonialismo por basar la relación entre Puerto Rico y los EE.UU. sobre un “pacto”. El gobierno estadounidense luego solicitó a la ONU en 1953 eliminar a Puerto Rico de la su lista de territorios no autónomos, por lo cual el caso de la descolonización de Puerto Rico estaba ya resuelto ante los ojos de la comunidad internacional a pesar de los mejores esfuerzos de los independentistas puertorriqueños y delegados de otros países para exponer el engaño. El supuesto nuevo estatus del ELA quedaba ahora legitimado nacionalmente e internacionalmente. Estados Unidos podía presentarse ante el mundo como un país comprometido con la descolonización en una época en la cual comenzaba a verse mal el colonialismo, mientras que, junto a sus cipayos del PPD, podía contrarrestar la lucha independentista promoviendo las cosas buenas del ELA y reclamando que dicha relación era justa, disminuyendo así las razones para resistirla y cambiarla. Estados Unidos así le daba una apariencia de legitimidad a su dominio sobre Puerto Rico.

Expuestas ya la ilegitimidad de origen del gobierno de Estados Unidos en Puerto Rico, algunas de las injusticias que perpetró y el contexto dentro del cual los Estados Unidos y sus colaboradores puertorriqueños crearon el “Estado Libre Asociado”, podemos explicar mejor ahora por qué se dice que la relación actual es “colonial” y por qué es injusta. Intentaremos aclararlo aludiendo a la obra de líderes e intelectuales como el propio Pedro Albizu Campos, Vicente Géigel Polanco y Antulio Parrilla. Haremos referencia además a un análisis sobre el caso de Puerto Rico en la ONU.

Comenzaremos definiendo la palabra “colonia” para demostrar cómo su definición aplica a Puerto Rico. Una de las acepciones de la palabra “colonia” es definida por la RAE como un “territorio dominado y administrado por una potencia extranjera”. Claramente Puerto Rico está bajo el dominio de los Estados Unidos porque su Congreso es la autoridad máxima en nuestra tierra y aunque en cierta medida (si no se toman en cuenta las instituciones estadounidenses que intervienen en Puerto Rico y los cambios recientes realizados bajo la ley PROMESA) son los propios puertorriqueños los que la administran, se supone que lo hagan para servir al interés nacional de los Estados Unidos y no necesariamente el de Puerto Rico.

La administración colonial debe ser en beneficio primordial de los Estados Unidos porque como Albizu Campos se percató (y lo confirman los propios informes del Congreso), cuando intentó exponer la ilegalidad y nulidad del Tratado de París, el único gobierno de Puerto Rico es el de los Estados Unidos.[6]

Advierte que siendo Puerto Rico cedido ilegalmente por España a los Estados Unidos, pasó Puerto Rico a estar bajo un gobierno de ocupación e intervención militar estadounidense y que las instituciones gubernamentales establecidas en Puerto Rico fueron creadas por el Congreso de EE.UU., quien puede cambiarlas según lo entienda necesario. Este poder, al ser Puerto Rico un territorio no incorporado de los Estados Unidos, pertenece al Congreso por la cláusula territorial (la segunda parte de la Sección 3 del Artículo VI) de la Constitución Estadounidense, que establece lo siguiente: “El Congreso tendrá el poder para disponer de y hacer todas las reglas y regulaciones necesarias respecto al territorio u otra propiedad perteneciente a los Estados Unidos; y nada en esta Constitución será construido de tal forma que perjudique cualquier reclamo de los Estados Unidos o de cualquier otro Estado particular.”[7]

Otorga esta cláusula al Congreso estadounidense poder para organizar el gobierno de territorios que no sean estados como Puerto Rico de la manera que mejor convenga al interés de los Estados Unidos. Ausente la representación plena de Puerto Rico en el Congreso estadounidense (solo cuenta con un comisionado residente con voz pero sin voto en la Cámara de Representante, mientras los otros estados tienen en esa cámara un número de representantes con voz y voto determinado de acuerdo a su población y en adición tienen en el Senado dos senadores cada uno), carece Puerto Rico del poder necesario para participar políticamente en la sociedad estadounidense y al mismo tiempo para determinar las leyes que acabarán rigiendo sobre sus asuntos.

Albizu Campos así lo interpreta, como consta de otro de sus escritos:

“Los organismos nacionales están obligados a ejercer las facultades que se les concede en la constitución. Estas facultades son deberes que hay que cumplir.

Así el Congreso de Estados Unidos tiene el deber de gobernar los territorios y naciones bajo conquista sin ser responsable a los gobernados en forma alguna. Cualquier ley que aprueben para un territorio o posesión es revocable en cualquier momento, en todo o en parte por el mismo Congreso o por otro Congreso sucesivo.

Cualquier poder que se conceda a los gobiernos de los territorios es en su carácter de mandatarios del poder nacional, y por eso cualquier resolución o ley territorial puede ser anulada en todo o en parte, en cualquier momento por el Congreso Nacional.”[8]

Su pensamiento se alinea con la interpretación que hacen los miembros del “Informe del Grupo de Trabajo del Presidente sobre el Estatus de Puerto Rico”[9] (redactado en el 2007) del poder que tiene el Congreso sobre Puerto Rico en su estudio de la relación entre nuestro país y los Estados Unidos. Admite que Puerto Rico está bajo la cláusula territorial de la Constitución Estadounidense y que como tal puede el Congreso retener el territorio de manera indefinida y “revisar o revocar los poderes de auto-gobierno actualmente ejercidos por el gobierno de Puerto Rico”. Reconoce que pese al gran nivel de “autonomía” que Puerto Rico parece tener, “mientras Puerto Rico siga siendo un territorio, su sistema está sujeto a la revisión del Congreso”.

Se evidencia de esta manera que aquel sistema que el Congreso impone, puede a la vez abolir. Existe el mal llamado “Estado Libre Asociado” por la Ley 600 creada por el Congreso y por ese mismo motivo el Congreso la puede quitar. El “Estado Libre Asociado” viene a ser realmente, como explica el Maestro[10], “una corporación política creada por Estados Unidos para ejercer poder imperial en Puerto Rico en ciertas esferas muy limitadas de la vida nacional de Puerto Rico” y tampoco es un verdadero estado (no solo por no ser un estado federado, sino porque, como analizaremos más adelante, carece de los poderes soberanos que según los politólogos modernos posee un verdadero estado), ni es libre (porque no es independiente y está sujeto injustamente al dominio de otro) ni es realmente asociado (porque las asociaciones verdaderas solo pueden darse entre personas o naciones libres, según la definición tradicional de la palabra “sociedad” utilizada para describir un grupo formado libremente por personas del mismo oficio). Explica Albizu, además, que (al menos en su tiempo) todos aquellos que aspiraban a puestos públicos debían ser ciudadanos de los Estados Unidos[11] y jurar lealtad a su Constitución, por lo cual a pesar de ser puertorriqueños vendrían a ser funcionarios al servicio de EE.UU. que administrarían la colonia estadounidense llamada el ELA.

El Maestro Albizu Campos ha dejado claro la relación unilateral de poder que ejerce Estados Unidos sobre su territorio ocupado de Puerto Rico, pero no fue la única voz en contra de la Ley 600 y del engaño que representó.

Recurriremos ahora a los escritos de Vicente Géigel Polanco, compilados en el tremendo libro titulado “La Farsa del Estado Libre Asociado”. No tiene que estarse de acuerdo con todas sus ideas o expresiones y con su sesgo de tipo liberal, pero el libro resulta un útil recurso para estudiar la Ley 600, su carácter engañoso y por qué Puerto Rico sigue siendo una colonia. Géigel Polanco, como explica la introducción a su obra incluida en el libro, fue un exlíder del Partido Popular Democrático que al darse cuenta de la naturaleza engañosa de la Ley 600 se dio a la tarea de advertir a su nación de la farsa que estaba llevando a cabo el PPD junto con el gobierno estadounidense en un tiempo en el que, por el ambiente de miedo creado a partir de la Ley de la Mordaza, pocos se atrevían a denunciar lo que estaba ocurriendo. Géigel Polanco, intenta demostrar el engaño del “pacto” establecido por la Ley 600 analizando la ley de manera más profunda a como parece que lo hizo (según las fuentes disponibles, al menos) Albizu Campos. Resulta así su obra un complemento valioso a los argumentos albizuistas.

Similar al Maestro, Géigel Polanco reconoce que la Ley 600 no cambiará la situación colonial del país. Continuará siendo un territorio no incorporado y el Congreso continuará ejerciendo todos los verdaderos poderes de soberanía para organizar nuestra vida nacional (para detallar el alcance de estos poderes listó ejemplos, cosa que haremos más adelante). Carente de verdadera soberanía, argumenta el autor que carecerá Puerto Rico de personalidad jurídica necesaria para entrar en un verdadero pacto o convenio, ya que se define comúnmente la personalidad jurídica como la capacidad legal para poder contraer obligaciones. Constituye así para Géigel Polanco un engaño la Ley 600, pues aunque el texto dice que será “con carácter de convenio”, el convenio es inexistente.

El autor procede a fortalecer sus argumentos en torno a la permanencia de la relación colonial reseñando lo que otros legisladores o funcionarios de EE.UU. decían sobre la ley. El congresista Javits del estado de Nueva York (citado por Géigel Polanco) propuso cambiar la ley porque reconocía que la redacción de la constitución bajo los límites establecidos por la Ley 600 (que mantenía el sistema igual, como él mismo admite) inhibiría la capacidad de Puerto Rico para decidir libremente, por lo cual no habría verdadera libre determinación. El secretario de interior Oscar Chapman, también citado, admitió que nada cambiaría e incluso se añadió una cita de Jack K. McFall, subsecretario de estado, para explicar que la ley tenía como objetivo lograr que Puerto Rico aceptara el estatus actual de las cosas y contrarrestar así la propaganda que se hacía contra los Estados Unidos. Estos son solo varios de los funcionarios estadounidenses aludidos que comentaron respecto a la Ley 600 y su verdadero carácter.

Hasta ahora no parece muy distinto a lo que criticaba Albizu Campos, pero en sus escritos Géigel Polanco además intenta demostrar con ejemplos cómo los líderes del Partido Popular Democrático admitían a sus superiores en los EE.UU. el carácter colonial de la ley mientras le decían al pueblo lo contrario. Incluso, demuestra cómo el propio gran líder Muñoz Marín admitió ante los EE.UU. que esa nación seguiría teniendo el poder pero le dijo también al pueblo de Puerto Rico que si se redactaba la constitución ya EE.UU. no podría imponer leyes en la Isla sin la aprobación de los puertorriqueños. También critica el engaño de Fernós Isern, quien por un lado promovía la Ley 600 como un medio para convertir a Puerto Rico en un (según sus propias palabras citadas) “estado libre”, pero por otro admitía a los estadounidenses que la relación colonial seguiría sin modificaciones, teniendo EE.UU. todo el control sobre los asuntos puertorriqueños. La innovación sería, de acuerdo al propio Fernós, que los puertorriqueños por fin decidirían aceptarla formalmente.

El autor intenta reflexionar acerca de la frase “en la naturaleza de un convenio” incluida en la Ley 600 y aclara que el llamado convenio o pacto no era para crear un estado de libre asociación entre Puerto Rico y Estados Unidos, sino para aceptar la condición colonial. Interesantemente, otro ensayo sobre Muñoz Marín y el caso de Puerto Rico ante la ONU (tema importante pero que sobrepasa la intención de este artículo) menciona, como parecen haber notado también otros[12], que para los Estados Unidos nunca hubo un convenio como tal, al menos en el sentido de un pacto de libre asociación. Menciona, incluso que la palabra “convenio” y la frase “en la naturaleza de un convenio”, para los estadounidenses, “eran dos cosas distintas (105)”.[13]

Hemos visto así que el libro de los escritos de Géigel Polanco, como su título sugiere, acaban desvelando “la farsa del Estado Libre Asociado”. Habiendo habido engaño, ya no sería el Estado Libre Asociado producto de una decisión libre de los puertorriqueños. No puede haber verdadera libertad para elegir si uno falsamente piensa que una decisión mala es realmente buena.[14] ¿Por qué sería una mala decisión aceptar ser una colonia? Lo sería porque el colonialismo es un mal moral y no hay derecho a consentir a la inmoralidad.

Culminaremos así nuestro largo análisis exponiendo la naturaleza inmoral del coloniaje. Nos valdremos de la obra de Antulio Parrilla y de las enseñanzas de la Iglesia Católica, que sostienen la ley moral natural y ayudan a comprender mejor por qué el colonialismo es en sí malo.

Antulio Parrilla fue un sacerdote católico puertorriqueño nombrado Obispo Titular de Ucres. Fue muy conocido por su activismo a favor de la lucha por la independencia, que justificaba desde el catolicismo. Su conferencia titulada “El rol del cristiano ante el colonialismo: el caso de Puerto Rico” resulta un recurso de estudio indispensable para comprender el alcance del mal del coloniaje en Puerto Rico y un fuerte llamado moral, teológicamente justificado, para acabarlo.[15] Incluye la conferencia un listado de postulados y puntos que demuestran la naturaleza colonial del gobierno de Estados Unidos en Puerto Rico y cómo los poderes para regir los asuntos puertorriqueños están en las manos de los EE.UU. Dichas listas se basan en el trabajo del Congreso Puertorriqueño Anticolonialista que presentó un informe a las Naciones Unidas llamado “El Caso Colonial de Puerto Rico, Un Informe a las Naciones Unidas”.[16]

Las faltas de poderes listadas son similares a las mencionadas por Géigel Polanco en su propio análisis sobre la farsa del Estado Libre Asociado, anteriormente aludido. Intentaremos resumir los puntos expuestos lo mejor posible. Expone que Estados Unidos es quien ejerce todos los poderes soberanos sobre el territorio puertorriqueño, los mares que le rodean y el cielo que está por encima de él; lo cual le da inmenso poder para dirigir los asuntos esenciales de la vida de los puertorriqueños. Depende, pues, de los Estados Unidos para regirse en el ámbito político y económico y, como ya expusimos ampliamente, Estados Unidos no ha provisto a Puerto Rico un medio para cambiar la situación y la creación del “Estado Libre Asociado” y su constitución solo esconden la naturaleza colonial del régimen vigente.

Citando el informe, Parrilla enumera más de veinte puntos para demostrar la injusticia del régimen colonial. Decidimos, basado en la lista, destacar lo siguiente y comentar al respecto:

1) Condena al territorio colonial a involucrarse en las guerras de la potencia ocupante sin importar su justicia y condena a su gente a participar obligatoriamente de las mismas mediante el servicio militar si así la potencia lo requiere. Esto ocurre sin que Puerto Rico tenga la oportunidad de participar plenamente en la toma de decisiones respecto a la declaración de las guerras. Todas las fuerzas armadas responden al interés nacional de los Estados Unidos y no de Puerto Rico.

2) Mantiene al territorio sujeto a tarifas aduaneras impuestas por el gobierno extranjero, que impone además los costos de la transportación por mar y cielo. Además priva al territorio del poder pleno para regular el comercio interior y exterior.

3) Deja al territorio desprovisto de representación internacional, que impide a Puerto Rico realizar con otros países tratados acordes a sus mejores intereses.

4) Mantiene al territorio puertorriqueño, mediante el uso del dólar estadounidense, sujeto a la política monetaria de los Estados Unidos.

5) Impide al territorio tener poder para manejar asuntos de quiebra.[17]

6) Obliga a los puertorriqueños a aceptar la ciudadanía estadounidense.

7) Deja a Puerto Rico sin la capacidad para controlar la inmigración y emigración y sin poder imponer reglas a los extranjeros que viven en o visitan su propio territorio.

8) Priva a los puertorriqueños de la capacidad de evaluar la constitucionalidad de las leyes que intenten hacer, pues el gobierno estadounidense que los excluye tiene la última palabra. Tampoco puede intervenir en regular las penas para aquellos delitos considerados federales.

Se ve así el alcance del poder que tiene el gobierno de los Estados Unidos en Puerto Rico, territorio que realmente no tiene gobierno propio porque como hemos dicho ya depende de las decisiones políticas y económicas de los Estados Unidos. Como Parrilla y Géigel Polanco intentaron aclarar, el poder de Puerto Rico para tomar decisiones político-económicas está realmente limitado ampliamente porque es Estados Unidos el que posee los poderes más importantes.

¿Qué de malo tiene esto? Además de que podría impedirnos tomar decisiones según nuestro mejor interés si la situación así lo requiere, elimina de nosotros toda responsabilidad en la decisión de nuestros asuntos y los asuntos del mundo. Lo expresa así Antulio Parrilla:

“…una de las principales razones que señaló [el papa] Pío XII para defender la independencia de los pueblos fue la responsabilidad que tienen todas las naciones grandes y pequeñas de participar conjuntamente unas con otras en el progreso y bien común universal. A Puerto Rico le corresponde una función internacional de co-responsabilidad en el Caribe, en el hemisferio y en el mundo entero. Esto será posible solamente en el concierto de naciones libres y con una soberanía en libre ejercicio.”[18]

Recuerda esta expresión las propias palabras de Albizu Campos, quien criticaba el sistema colonial por promover un tipo de gobierno que él calificaba de “irresponsable”[19] y quien solía aludir al deber de Puerto Rico de cumplir su misión histórica. Esto es porque la responsabilidad es muy importante, pues está relacionada a la dignidad del ser humano.

Explica el Catecismo de la Iglesia Católica que el ser humano tiene la dignidad de poder ser libre y responsable de sus acciones. La libertad sirve para que el hombre pueda elegir el bien a propósito pero también hace al hombre responsable de la disposición de su persona y de sus actos voluntarios, por lo cual el hombre sería culpable si abusa de su libertad para elegir el mal. Esta libertad, que ayuda al hombre a crecer y madurar, se ejerce a través de las relaciones entre las personas y, comprendiendo esto, se entiende mejor por qué afirma el catecismo que todas las personas, al ser creadas por Dios a su imagen, tienen un derecho natural al reconocimiento de su libertad y de su responsabilidad. No puede separarse de esta manera el uso de la libertad y la responsabilidad que conlleva de la dignidad de la persona.[20]

Esta explicación, realizada en base del Catecismo de la Iglesia, ayuda a entender que la libertad y la responsabilidad que la acompaña son irrenunciables para el ser humano. Renunciar a ser libre y responsable laceraría la dignidad del ser humano, rebajándolo al nivel de un esclavo, como diría Albizu Campos. Esta libertad, responsabilidad y dignidad que tienen los seres humanos aplica también para los pueblos.[21] Puerto Rico no tiene derecho a decidir ser irresponsable y poner todas las decisiones que podría hacer por sí mismo en manos de otras naciones.

La Iglesia, que siempre por su fidelidad a Dios defiende la dignidad humana, dice también en la sección del catecismo anteriormente citada que este derecho natural de las personas debe ser reconocido por las legítimas autoridades civiles. Se puede discernir por esto que un sistema que no reconozca el derecho natural de las naciones a la libertad y a la responsabilidad como lo puede ser el sistema colonial es uno inmoral que viola la dignidad de la persona.

Las palabras de los papas condenando las llamadas tiranías “totalitarias” recuerdan la injusticia de los sistemas coloniales que privan a los pueblos de su debida libertad y responsabilidad. El papa Pío XI, citado por el argentino Julio Meinvielle en su tremendo libro sobre la concepción católica de la política, critica: “…un totalitarismo objetivo en el sentido de que la totalidad de los ciudadanos debe atenerse al Estado y depender de él, y peor aún de sólo él, o de él principalmente, para todo aquello que pueda ser necesario para el desenvolvimiento de su vida individual, doméstica, espiritual y sobrenatural.”[22] También el papa San Pablo VI dijo:

“Cuando poblaciones enteras, faltas de lo necesario, viven en una total dependencia que les impide toda iniciativa y responsabilidad, lo mismo que toda posibilidad de promoción cultural y de participación en la vida social y política, es grande la tentación de rechazar con la violencia tan grandes injurias contra la dignidad humana.”[23]

Las críticas a estos regímenes tiránicos identificados como totalitarios, que bien podrían aplicar a un sistema colonial, reiteran la importancia de la responsabilidad que los regímenes coloniales suprimen al suprimir la libertad de los pueblos. El sistema imperante en Puerto Rico, que como hemos visto coloca como último responsable al gobierno estadounidense sobre los asuntos del territorio con mínima participación puertorriqueña, recuerda las críticas realizadas por los papas. Al tener los Estados Unidos el control del gobierno sin la participación plena de los puertorriqueños, mantienen a Puerto Rico en un estado criticable en el cual carece de la libertad y responsabilidad que ella conlleva.

Algunos apologistas del estado actual de las cosas minimizarán este problema reclamando que al menos en Puerto Rico hay un sistema democrático en el cual se nos permite elegir a nuestros propios líderes, pero lo cierto es que una colonia puede organizarse de manera similar a una democracia y seguir siendo colonia. Como diría el filósofo católico y patriota argentino Jordán Bruno Genta: “…la libertad política de una nación nada tiene que ver con las libertades democráticas que se otorgan a los ciudadanos y a los residentes extranjeros: un Estado-Nacional soberano puede regirse por un estatuto antidemocrático y una Colonia puede tener un régimen democrático.”[24]

La libertad política a la que se refiere Genta puede entenderse como la soberanía del estado o la capacidad del gobierno para decidir libremente adoptar las mejores políticas para su pueblo. No son necesariamente malas las libertades personales reconocidas dentro de las democracias modernas (aunque bien se puedan abusar de ellas); pero la libertad será incompleta si está siempre a la merced de un poder superior que a su antojo la pueda quitar. Esta es precisamente la situación con la tan exaltada democracia puertorriqueña: en cualquier momento el gobierno de los Estados Unidos la puede eliminar cuando deje de convenir a su propio interés nacional.

Esto ha comenzado a demostrarse desde el 2016 año en que, tras la incapacidad del gobierno territorial de Puerto Rico para pagar sus deudas, el congreso estadounidense impuso una Junta de Control Fiscal en un intento de supervisar mejor los gastos para lograr el pago. Coincidió la imposición de Junta con el reconocimiento de la Corte Suprema estadounidense de que el gobierno de Puerto Rico no tenía soberanía propia en el caso Pueblo vs. Sánchez Valle de aquel mismo año. Los sectores estadolibristas del país asociados al Partido Popular Democrático protestaron, pero tras más de medio siglo de controversia quedó claro para todos la farsa del Estado Libre Asociado. Nacionalistas e independentistas, aquellos que con mayor fuerza denunciaron el carácter colonial del ELA, quedaron reivindicados en cierto sentido al demostrarse que respecto al ELA tenían razón.

Las decisiones causaron gran conmoción en el país, pero realmente (como fue expuesto en este ensayo) ya se sabía que Puerto Rico era colonia y que este escenario podía pasar. Todo fue un gran engaño propiciado por el liderato del PPD y los estadounidenses, últimos responsables del gobierno del territorio que “pertenece a, pero no es parte de” los Estados Unidos, permitió que dicho engaño ocurriera bajo su propia administración. Este engaño no solo fue tolerado por en EE.UU., sino que, si hemos de creer la aparente admisión hecha en el informe del Grupo de Trabajo sobre el estatus anteriormente citado, parece que EE.UU. engañó al mundo entero en las Naciones Unidas. Estados Unidos, en su petición a la ONU, omitió el dato sobre su poder para cambiar unilateralmente el estatus de Puerto Rico y sus propios representantes ante la ONU declararon oralmente que cualquier cambio tenía que ocurrir con el consentimiento de los dos países. Como hemos visto, este no era el caso y en 1959 el Departamento de Justicia estadounidense reafirmó el poder soberano unilateral de EE.UU. sobre Puerto Rico. Un pacto bilateral de esa naturaleza, de hecho, no sería posible según el propio Grupo de Trabajo porque violaría principios constitucionales.[25] No existe, nunca existió y nunca existirá, por lo tanto, un pacto de libre asociación bajo la colonia.

El estatus actual de Puerto Rico (llámese colonia, territorio, ELA, o como se quiera) no garantiza la libertad y responsabilidad política de la comunidad puertorriqueña y ha sido injusto no solo por esto, sino por perpetuarse además a base de engaños e información falsa. Nos quita los poderes necesarios para velar por el bien común de nuestra nación y nos mantiene en un estado de humillación y de indignidad que corroe la moral de nuestro pueblo. Es un estatus inmoral que no debe tolerarse más. Urge entonces hacer lo necesario para cambiarlo a través de medios legítimos y promoviendo la descolonización, preferiblemente en favor de la independencia reconociendo nuestra identidad nacional distinta y honrando nuestro pasado hispánico. La estadidad, por el contrario, simbolizaría no una alternativa descolonizadora, sino la culminación lógica del colonialismo extranjero usurpador que nos ha hecho tanto daño.

Lamentablemente, no parece haber voluntad política en el país para lograr este cambio. Como ocurrió hace ya siete décadas, mucha gente ha vuelto a creer falsamente que el estatus “no está en issue” pese a que gran parte de nuestras leyes y modo de vida dependen de nuestro estatus. Es necesario como quiera hacer lo posible, porque la iniciativa para lograr nuestra descolonización debe surgir de los puertorriqueños. Negarnos a asumirla nos condenaría a nuevamente entregar al congreso estadounidense todo el poder para decidir nuestro destino y eso no lo podemos ni debemos aceptar. Esperamos, sin embargo, que con el creciente interés por la independencia entre los puertorriqueños, especialmente entre la juventud, cada vez más personas puedan tener la conciencia necesaria para organizarse y exigir el fin de este sistema injusto colonial para obtener de esta manera nuestra libertad e independencia.


Libros consultados:

Pedro Albizu Campos: Escritos (2007). Editores: Laura Albizu Campos-Meneses, Fr. Mario A. Rodríguez León, O.P. Casa editora: Publicaciones Puertorriqueñas.

La conciencia nacional puertorriqueña (1994, cuarta reimpresión). Compilación por Manuel Maldonado Denis. Casa editora: Siglo XXI Editores S.A. de C.V.

Concepción Católica de la Política. Autor: Julio Meinvielle. (Ejemplar digitalizado de la tercera edición de la Colección “Biblioteca del Pensamiento Nacionalista Argentino”, tercer volumen, editado en Buenos Aires en 1974. No reproduce las páginas originales de la versión impresa en su formato PDF.)

La farsa del Estado Libre Asociado (2010, 3ra Edición). Autor: Vicente Géigel Polanco. Editorial Edil.

Luis Muñoz Marín: Imágenes de la memoria (2008). Editor: Fernando Picó. Aparentemente publicado por la Fundación Luis Muñoz Marín.

Puerto Rico: Supervivencia y Liberación (1971). Monseñor Antulio Parrilla Bonilla (compilación de discursos o escritos). Ediciones Librería Internacional, Inc.

La Guerra de 1898 y Mayagüez (2014). Autor: Federico Cedó Alzamora. Publicado por el Municipio de Mayagüez. Edición digital.

San Martín: Doctrinario de la Política de Rosas (1950). Autor: Jordán Bruno Genta. Editorial: Ediciones del Restaurador. Edición digitalizada.


Cita de la imagen tomada de "La naturaleza colonial del Estado Libre Asociado” en el libro Pedro Albizu Campos: Escritos, p. 358.



[1] El artículo ya no está disponible, pero puede accederse a un video sobre una lectura del mismo publicado por su autor en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=8A28ckXWQSQ [2] Para un análisis detallado sobre la Guerra Hispano-estadounidense y la invasión de Puerto Rico, sus motivaciones históricas e implicaciones políticas para nuestra patria, puede consultarse el libro del historiador municipal Federico Cedó Alzamora La Guerra del 1898 y Mayagüez, disponible legal y gratuitamente en formato electrónico a través del siguiente enlace: http://www.mayaguezsabeamango.com/archivos/historias-final/937-la-guerra-del-98-y-mayagueez [3] Los intentos fallidos de la asamblea legislativa para realizar un plebiscito de estatus ante la oposición estadounidense son sorprendente pero convenientemente omitidos por los libros de historia de Puerto Rico. Este servidor conoce de los mismos por el estudio del material de clases ofrecido por profesores de confianza, uno de los cuales hizo un video educativo sobre la creación de la constitución de Puerto Rico, que estuvo por algún tiempo en YouTube pero que ahora ha desaparecido por razones desconocidas, en la cual se hacía referencia a dichos plebiscitos. Dicho profesor, un politólogo respetable, sin embargo confirmó a este servidor a través de correspondencia electrónica que el dato sobre los plebiscitos de estatus aparece en el libro ¡Ser Nosotros Mismos! La angustiosa lucha del pueblo puertorriqueño por su soberanía nacional. Hasta el momento el presente servidor no ha tenido la oportunidad de realizar el estudio debido del libro para corroborar los datos. [4] Texto completo de la ley: https://www.lexjuris.com/lexlex/lexotras/lexleypublica600.htm [5] Basamos nuestro análisis en su artículo “La Constitución de 1952 y los Estados Unidos” publicado en la página digital 80Grados, disponible mediante el siguiente enlace: https://www.80grados.net/la-constitucion-de-1952-y-estados-unidos/ [6] Justifica su razonamiento con la opinión de uno de los jueces del caso donde presentó su argumento. La presentación de su tesis aparece en la compilación del libro Pedro Albizu Campos: Escritos, bajo el título “Nulidad del Tratado de París” (pp. 18-25). [7] Traducción por este servidor. Texto completo de la constitución estadounidense: https://www.archives.gov/founding-docs/constitution-transcript [8] La cita es parte de un escrito titulado “La autonomía no es posible dentro del régimen constitucional norteamericano”, incluido en la compilación Pedro Albizu Campos: Escritos (pp. 195-201). [9] Escrito en inglés: “Report by the President’s Task Force on Puerto Rico’s Status”. Citaremos la sección titulada “Análisis Legal de Opciones para el Estatus de Puerto Rico” (pp. 5-8). Traducción por este servidor. Disponible mediante: https://www.justice.gov/archive/opa/docs/2007-report-by-the-president-task-force-on-puerto-rico-status.pdf [10] Analiza brevemente la farsa del Estado Libre Asociado y su falta de poderes soberanos en su escrito: “La naturaleza colonial del Estado Libre Asociado”, incluido en Pedro Albizu Campos: Escritos (pp.354-358). [11] La ciudadanía estadounidense impuesta a los puertorriqueños en 1917 deslegitima en la opinión de los estadistas la lucha por la independencia porque entienden que con ella se ha hecho a los puertorriqueños parte de la nación estadounidense, pero Albizu intenta refutar este punto de vista reconociendo nuestras diferencias nacionales y la injusticia de dicha imposición. El estudio sobre la cuestión de la ciudadanía estadounidense en Puerto Rico y sus implicaciones para la lucha por la independencia es necesario realizarlo, pero va más allá del presente análisis sobre el estatus colonial. [12] Ver, por ejemplo, el ensayo “¿Dejó Puerto Rico de ser colonia de los Estados Unidos con la aprobación de la Resolución 748 (VIII) de las Naciones Unidas?” por Héctor L. Lamboy. [13] El ensayo, escrito por Carlos R. Zapata Oliveras, es el siguiente: “La preparación del caso de Puerto Rico en las Naciones Unidas” (pp.91-117). Forma parte del libro Luis Muñoz Marín: imágenes de la memoria. [14] Como explicó Julio Meinvielle en uno de sus escritos: la libertad debe estar condicionada por la verdad. [15] Aunque intenta basar sus argumentos en las creencias católicas, advertimos que para obtener una mejor exposición más autoritativa sobre las enseñanzas católicas se deberían consultar fuentes o documentos debidamente aprobados por la Iglesia y así evitar malas interpretaciones de la misma. [16] “The Colonial Case of Puerto Rico, A Report to the UNITED NATIONS” (p. 86). Título traducido al español por este servidor. [17] La falta de este poder obligó a Puerto Rico a someterse a la ley PROMESA legislada desde los Estados Unidos cuando la administración colonial fue incapaz de pagar sus deudas. La misma estableció un mecanismo de quiebra para territorios como Puerto Rico, pero además impuso una llamada Junta de Control Fiscal no electa para supervisar el presupuesto del gobierno y pagar la deuda. La misma ha sido ampliamente criticada por algunos sectores del país que consideran que la misma impondrá reducciones al presupuesto que afecten negativamente los servicios públicos que el pueblo necesita. [18] “El rol del cristiano ante el colonialismo: el caso de Puerto Rico” en Puerto Rico: Supervivencia y Liberación, p. 95. [19] Ver de nuevo, por ejemplo, el anteriormente citado ensayo “La autonomía no es posible dentro del régimen constitucional norteamericano”, incluido en la compilación Pedro Albizu Campos: Escritos (pp. 195-201). [20] Enlace a la página del Catecismo de la Iglesia Católica de donde se basó nuestro resumen: https://www.vatican.va/archive/catechism_sp/p3s1c1a3_sp.html [21] Ver nuestro artículo sobre el catolicismo de Albizu, donde se cita al respecto el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia: https://www.juvnacpr.org/post/catolicismo-y-albizuismo-la-relaci%C3%B3n-de-la-religi%C3%B3n-con-la-pol%C3%ADtica-de-albizu-campos [22] Ver Concepción Católica de la Política, p. 70. Las palabras del papa pertenecen, según lo citó Meinvielle, al documento Acta Apostólica Sedis, t. 23, 1931, p. 147. [23] Ver artículo de catolicismo y albizuismo, donde se cita la encíclica Populorum Progressio: https://www.juvnacpr.org/post/catolicismo-y-albizuismo-la-relaci%C3%B3n-de-la-religi%C3%B3n-con-la-pol%C3%ADtica-de-albizu-campos [24] Ver libro San Martín doctrinario de la política de Rosas, p. 13. [25] Ver “Report by the President’s Task Force on Puerto Rico’s Status”, p. 6.


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